Red.es actualiza la orden de bases que regula las ayudas del programa Kit Digital

La convocatoria para el II tramo del kit digital se retrasa a septiembre y se introduce cambios en la actual convocatoria.

 
Dichos cambios son los siguientes:
 
-Se incorporan dos nuevas categorías para canjear el bono: Por un lado «marketplace» con el objetivo de dirigir las referencias/productos de los beneficiarios para ayudar a la marca a incrementar su nivel de ventas, optimizando los recursos existentes, eligiendo los canales de distribución adecuados y adaptando las referencias/ productos a las necesidades externas. Por otro lado se incorpora «presencia avanzada en internet» cuyo objetivo es expandir la presencia en internet de la pyme mediante la creación de una página web y/o la prestación de servicios que proporcionen posicionamiento básico en internet.
 
-Se incorpora el gasto en hardware como subvencionable.
 
-El agente digitalizador cuenta con un plazo máximo de tres meses en el que debe realizar la instalación y/o desarrollo de la solución y la emisión de la factura, previa conformidad del beneficiario.
 
-Se amplía a seis meses, desde la fecha de validación del acuerdo, el plazo para justificar la solución implantada por parte del agente digitalizador (anteriormente eran 3 meses).
 
-Ampliación de entidades beneficiarias y métodos de firma.
 
para saber con mas detalle dichos cambios dirigirse a esta dirección.
 
Todos los cambios del catálogo se pueden consultar en la orden de bases:
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