CERTIFICADO DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS

 

 

 

 

 

 

Con la finalidad de mantener un elevado grado de salubridad y seguridad sanitaria durante la preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, manipulación, venta, suministro y servicio al consumidor de alimentos y productos alimenticios, la normativa sobre la formación de los manipuladores de alimentos en materia de higiene alimentaria ha sufrido diversas modificaciones.

En años anteriores, dicha formación era responsabilidad de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria cumpliendo con lo establecido en el Real Decreto 34/2001.A partir de la experiencia acumulada y el nuevo enfoque de las Directivas Comunitarias, se puso de manifiesto la necesidad de renovar y actualizar la normativa vigente en materia de formación de manipulador de alimentos.

El 19 de Febrero de 2010, se publicó en el BOE el Real Decreto 109/2010, de 5 de Febrero, por el que se modifican diversos reales decretos en materia sanitaria para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Para garantizar los fines perseguidos por dichas autorizaciones y siguiendo lo establecido en el Reglamento ( CE ) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de Abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, que en su Anexo II, Capítulo XII, que incluye entre las obligaciones de los operadores de empresas alimentarias, la de garantizar “ la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria “ y se traslada la responsabilidad en materia de formación desde las administraciones competentes a los operadores de empresas alimentarias que habrán de acreditar en las visitas de control oficial, que los manipuladores de las empresas han sido debidamente formados en las labores encomendadas.

Por lo tanto, DEJA DE EXISTIR EL CARNE DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS Y PASA A SER SUSTITUIDO POR EL CERTIFICADO DE FORMACION EN HIGIENE ALIMENTARIA Y LA CAMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE TORRELAVEGA, IMPARTE Y REALIZA LOS CURSOS DE FORMACION PARA MANIPULADORES DE ALIMENTOS A DISTANCIA.

El Reglamento (CE) nº 852/2004, dice que la formación de los manipuladores podrá ser impartida por la propia empresa alimentaria, Empresas o entidades formadores. Esto significa que cuando la propia empresa alimentaria no se encuentre capacitada para formar a sus trabajadores en materia de higiene alimentaria, ésta formación puede ser adquirida en alguna entidad o empresa externa que ofrezca garantías.

Descarga el formulario de inscripción, rellénalo y entrégalo en nuestras oficinas.

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